1. El patrón deberá elaborar y conservar a disposición de la autoridad laboral la posterior documentación relativa a las obligaciones establecidas en los artículos anteriores: El patrón tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores al encomendarles las tareas. 1. Cuando los trabajadores estén o puedan estar expuestos https://audreyr739qix6.wikipublicity.com/user